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Nuevo impuesto sobre activos no productivos

13 noviembre, 2019

El próximo 30 de noviembre finaliza el plazo para la presentación de este nuevo impuesto, creado por la Generalitat de Catalunya, correspondiente a los ejercicios 2017, 2018 y 2019. El Impuesto sobre los Activos No Productivos (IANP), regulado en la Ley 6/2017 de 9 de mayo de 2017, grava aquellos activos que poseen los sujetos pasivos y que no están afectos a actividades económicas y no generan ingresos.

El hecho imponible es la tenencia del Sujeto Pasivo (personas jurídicas y entidades con objeto mercantil) de los siguientes activos siempre que no sean productivos:

  • Bienes Inmuebles
  • Vehículos a motor con una potencia igual o superior a doscientos caballos
  • Embarcaciones de ocio
  • Aeronaves
  • Objetos de arte y antigüedades con un valor superior al establecido por la Ley del patrimonio histórico
  • Joyas

Los dos ejemplos más comunes de activos no productivos son la utilización de un turismo por el socio o administrador sin que se compute remuneración en especie alguna, así como la tenencia de una vivienda o segunda residencia sin contraprestación alguna por arrendamiento.

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